Todos los años, por estas fechas, vivimos con la ilusión de la Lotería de Navidad y, muchas veces, surgen dudas sobre cuánto se queda Hacienda en el caso de ser uno de los afortunados.
En Montero Carrión Abogados te informamos sobre los impuestos a pagar en el caso de ser uno de los ganadores de la Lotería de Navidad.
Este 2019, según la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, pagarás menos impuestos que otros años ya que estarán exentos los premios cuyo importe integro sea igual o inferior a 20.000 euros.
Los premios que se encuentren por encima de esa cantidad, el gravamen seguirá siendo el 20%.
Un premio de 100.000 euros, tributaría con un 20% sobre 80.000, por lo que habría una retención de 16.000 y se recibiría 84.000 euros.
De esta manera, solo se tributará por el gordo y los segundos y terceros premios, quedando los cuartos y quintos fuera de este grupo ya que no alcanzan el importe mencionado anteriormente.
Según esto:
- Gordo de Navidad: de 400.000 euros, recibirás 324.000 euros.
- Segundo Premio: de 125.000 euros, recibirás 104.000 euros.
- Tercer Premio: de 50.000 euros, recibirás 44.000.
- Cuarto premio: como coincide con el importe exento, recibirás los 20.000 euros (el premio íntegro).
- Quinto premio: recibirás los 6.000 euros íntegros.
¿Cómo se declara el premio de la lotería de navidad?
No te preocupes por ello ya que, en el momento de cobrar el dinero, Hacienda ya te retendrá automáticamente su parte.
En el caso de que el premio sea compartido,se distribuirán los 20.000 que están exentos entre todos los ganadores en proporción al porcentaje de participación.
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