Una empresa despidió recientemente a un trabajador por unas imágenes captadas por una cámara oculta de videovigilancia pero, posteriormente, el despido fue declarado improcedente. En Montero Carrión Abogados te contamos los motivos por los que el despido fue improcedente y si la empresa está en la obligación de informarte sobre cámaras ocultas en el trabajo.
Despido a un trabajador por cámara oculta
Un trabajador fue despedido porque en una grabación se le veía sustraer productos de la empresa (embutidos, carne, fruta…) durante varios días y coger dinero diariamente de la caja registradora. Para justificar el despido, la empresa aportó como pruebas las imágenes captadas por unas cámaras ocultas que habían instaladas. Finalmente, el despido se declaró improcedente en una sentencia de los tribunales debido a:
- Si la empresa desea instalar cámaras ocultas de videovigilancia por la razón que sea (seguridad, control…), está obligada a informar a todos los trabajadores sobre ello de manera clara y concisa para que conozcan la existencia de estas y sepan que van a ser grabados.
- Si no se informa a toda la plantilla, no se podrán usar las imágenes captadas por las cámaras ocultas de videovigilancia para despedir a alguien aunque el comportamiento de un trabajador haya sido inadecuado o haya incumplido normas de la empresa.
Además, según el tribunal, existe la posibilidad que el despido de un trabajador, bajo estas circunstancias, se declare nulo al haberse vulnerado los derechos fundamentales de protección de datos del trabajador.
Obligación de informar a los trabajadores sobre cámaras de videovigilancia
La empresa no necesitará el consentimiento de los trabajadores para instalar cámaras de videovigilancia pero estará obligada a informar previamente a toda la plantilla de que van a ser grabados durante el desarrollo de su jornada laboral.
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