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¿Estás trabajando pero tienes pensado retomar tus estudios? Debes saber que la ley te reconoce ciertos derechos como el poder asistir a exámenes y el poder elegir el turno de trabajo. En Montero Carrión Abogados te informamos sobre tus derechos a la hora de compaginar el trabajo con los estudios.

Compaginar trabajo y estudios

Si en tu empresa hay turnos de trabajo y empiezas unos estudios los cuales te permitirán conseguir un título académico o profesional, podrás elegir el turno con el que puedas compaginar mejor el trabajo con tus estudios. Hay que mencionar que la ley pide que los estudios a realizar estén ligados a un título académico o profesional. No es necesario que estos estén relacionados con el trabajo que desarrollas ni la actividad de la empresa.

Podrás optar a estos derechos si vas a cursar un grado universitario, grado medio o superior o idiomas.

Otro de los derechos que te pertenecen por compaginar el trabajo con los estudios es el de asistencia a los exámenes. Gracias a ello, podrás ausentarte de tu puesto de trabajo (hayan turnos o no) los días que tengas que realizar exámenes que estén vinculados a los estudios que estés realizando. Sin embargo, hay que tener en cuenta que:

  • Este permiso no es retribuido, por lo que tendrás que recuperar las horas que no hayas trabajado (salvo que el convenio diga lo contrario).
  • Tendrás que aportar un justificante por haber asistido al examen. También deberá aparecer a qué hora se realizó el examen y que éste horario coincida con tu jornada laboral.

En resumen, si en la empresa en la que estás trabajando se realizan turnos, tendrás derecho a elegir el turno que mejor te permita compaginar el trabajo con los estudios que estés realizando. De igual forma, tendrás derecho a un permiso no retribuido para asistir a los exámenes.

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